Barcelona, donderdag, 26 juni 2025.
En un fallo judicial revolucionario, la cadena de moda Mango ha sido condenada por el uso no autorizado de obras de arte de Miró, Tàpies y Barceló en su colección de NFT. El tribunal de Barcelona ha establecido un precedente crucial para los derechos de arte digital en el metaverso. VEGAP, la organización de derechos, ganó el caso y obligó a Mango no solo a destruir los NFT’s, sino también a pagar una indemnización de 750.380,21 euros. Esta sentencia subraya la creciente complejidad de la propiedad intelectual en entornos digitales y advierte a las empresas sobre la reproducción no autorizada de obras de arte sin el consentimiento explícito de los titulares de derechos.
Antecedentes Jurídicos del Caso
El litigio entre Mango y VEGAP revela una complicada batalla legal en torno a los derechos de arte digital. En mayo de 2022, Mango expuso obras de arte originales en su sucursal de Nueva York, que posteriormente fueron transformadas en composiciones animadas y NFT’s distribuidos a través de diversas plataformas digitales [1]. VEGAP, la organización que representa los derechos de los artistas, identificó una violación de múltiples derechos de propiedad intelectual, incluyendo reproducción, transformación y comunicación pública [2].
Desarrollo Jurídico
Inicialmente, la demanda fue desestimada en enero de 2024 por el juzgado mercantil de Barcelona, absolviendo a Mango [1]. Sin embargo, VEGAP apeló, lo que finalmente resultó en un fallo histórico por la Audiencia Provincial de Barcelona [2]. El tribunal dictaminó que Mango era culpable de violar tanto los derechos de autor económicos como morales [3].
Consecuencias para Mango
El tribunal impuso a Mango obligaciones estrictas: cese inmediato de la actividad ilegal, destrucción de todos los NFT’s y materiales derivados, y publicación de la sentencia en su sitio web y redes sociales [1]. Además, la empresa debe pagar una indemnización de 750.380,21 euros a VEGAP [2]. Mango ha anunciado que apelará ante el Tribunal Supremo [3].
Respuesta de VEGAP
Javier Gutiérrez, director general de VEGAP, considera la sentencia una ‘victoria contundente’ que representa una extensión histórica de la protección legal para artistas visuales en entornos virtuales [1]. La organización enfatizó que el uso de obras de arte como parte de una estrategia de marketing sin licencia previa no solo constituye una violación de los derechos de propiedad, sino que también daña la imagen y el patrimonio cultural de los artistas [2].